RESUMEN
https://ecohumanism.co.uk/joe/ecohumanism/article/view/6601
Con la aprobación legal de poder disponer del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) y hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) S/ 17,600 por concepto de AFP, ¿cuál concepto será recomendable disponer?
En principio ambos son fondos de propiedad del trabajador con la misma característica de ser intangibles hasta cumplir alguna de las condiciones que establece la ley para cada uno. Por ejemplo, en un escenario normal, para disponer del 100% de la CTS se requiere que el trabajador haya sido cesado, es decir el vínculo laboral se haya extinguido. Sólo allí deja de ser intangible, y es que la naturaleza es de respaldar un posible período de desempleo. El desempleo en cualquier circunstancia genera acumulación de compromisos económícos los cuales se deben cancelar.
Sin embargo, estos compromisos económicos que alude el párrafo anterior, no solo se genera por desempleo, sino por situaciones coyunturales como es el caso de la Pandemia de la COVID-19.
De la información histórica a la Gerencial de Yuri Gagarin Gonzales Renteria
Bien, ante todo, gracias por seguir la publicación de mis artículos disponibles para quienes quieran mejorar y actualizar su conocimiento.
Empecemos:
De acuerdo al Decreto Legislativo 1434 publicado a finales del año 2020, como Reglamento de la Ley de la lucha contra la evasión y elusión tributaria. De acuerdo al reporte de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) curiosamente durante el año 2020, los depósitos en cuentas bancarias habrían aumentado en más del 20%, es decir las personas han ahorrado o “han obtenido mayores ganancias”, durante un año pandémico con una economía golpeada, sin embargo, los ingresos en algunas personas y empresas han aumentado. Despertaron al León llamado SUNAT.
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